Reformas para castigar crueldad contra animales son aprobadas en Comisiones
- by Redacción
La Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación avaló también el voto en sentido positivo a tres Minutas remitidas por el Congreso de la Unión, entre ellas la que prohíbe las partidas secretas.
Cuernavaca, Morelos, México; 28 de abril de 2021 . La Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación que preside el diputado Héctor Javier García Chávez, junto con la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Agua, aprobó el Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código Penal para el Estado de Morelos y la Ley Estatal de Fauna en materia de crueldad contra los animales.
Este dictamen deriva de una serie de iniciativas presentadas por las diputadas Rosalina Mazari Espín, Ana Cristina Guevara Ramírez, Cristina Xochiquetzal Sánchez Ayala, Alejandra Flores Espinoza y el propio diputado Javier García Chávez.
Con las reformas y adiciones se tipifica el maltrato y crueldad animal como delito, estableciendo penas de tres meses a cuatro años de prisión y multa de cincuenta a quinientas veces unidades de medida y actualización diaria vigente.
Se establecen hasta ocho años de prisión en caso de reincidencia o publicación en redes sociales, además que se agregan diversas hipótesis como faltas administrativas, por hechos similares; todo ello para el caso de los animales doméstico, pues los llamados “salvajes” están protegidos por normas federales. Se dejan a salvo tradiciones ancestrales como las peleas de gallos o los jaripeos.
La Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación también aprobó el Dictamen del voto en sentido positivo de la Minuta con Proyecto de Decreto que reforma el artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para prohibir la existencia de partidas secretas en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
De la misma la misma manera aprobó los dictámenes de los votos en sentido positivo de las correspondientes Minutas que reforman el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en un caso para que se plasme el nombre de Michoacán de Ocampo y en otro para que se plasme el nombre de Veracruz de Ignacio de la Llave, ambos en el listado de entidades federativas que contiene dicho ordenamiento.