Notas, Uncategorized, Zona Centro, Zona Oriente, Zona Sur

La construcción de asta bandera en el Cerro de la tortuga no tuvo manifiesto de impacto ambiental: SDS

Imagen alusiva
Imagen alusiva

• Se registró un daño ecológico e histórico al excavar, retirar piedras, vegetación y árboles

Cuernavaca, Morelos; 28 de septiembre de 2021. La Secretaría de Desarrollo Sustentable (SDS) informó que los trabajos de construcción del asta bandera monumental en el cerro de la Tortuga, en Tetelpa, Zacatepec, se ejecutaron sin contar con la manifestación de impacto ambiental que exige la Ley del Equilibrio Ecológico al estar dentro de un Área Natural Protegida (ANP). La Secretaría de Desarrollo Sustentable (SDS) informó que los trabajos de construcción del asta bandera monumental en el cerro de la Tortuga, en Tetelpa, Zacatepec, se ejecutaron sin contar con la manifestación de impacto ambiental que exige la Ley del Equilibrio Ecológico al estar dentro de un Área Natural Protegida (ANP)

La dependencia estatal comentó que la excavación, retiro de rocas, poda de vegetación y tala de árboles que existían en el lugar, deterioraron o dañaron el área natural y estructura del sitio histórico que forma parte del patrimonio cultural de Morelos, representada por el momoxtle que está a unos cuantos metros de la construcción.

Por ello, señaló que se dio seguimiento al tema, con acuerdos a corto y mediano plazo para restaurar el rubro ambiental y arqueológico, sin embargo, los responsables no lo han cumplido en su totalidad.

En este sentido, la SDS indicó que en la mesas de trabajo participaron el municipio de Zacatepec, representantes de la comunidad de Tetelpa, el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), la Dirección General de Áreas Naturales Protegidas (DGANP´s) y la Procuraduría de Protección al Ambiente de Morelos (Propaem).

Además, precisó que en el levantamiento del asta no se acreditó contar con los permisos correspondientes para la ejecución de los trabajos y aceptación de dicha obra mediante un acta de asamblea del pueblo de Tetelpa.

Tampoco se exhibió un estudio técnico que avalara la instalación del asta debido al riesgo que puede representar la estructura atendiendo a su altura, volumen y peso por lo que debió de estar avalada por un especialista que dictamine su viabilidad y soporte de carga desde su excavación.

Por tal motivo, como parte de las atribuciones que ejerce la SDS, a través de la Propaem, se procederá en términos de lo que marca la Ley del Equilibrio Ecológico y se determinará lo conducente en relación a la aplicación de sanciones a que haya lugar, adelantó, la dependencia estatal.

Lo anterior, con independencia de las acciones que al efecto realice también el INAH para restaurar el sitio arqueológico que se dañó debido a los trabajos que sin autorización estatal, municipal y federal se ejecutaron.

En este sentido, la dependencia ambiental del estado se dijo respetuosa de las tradiciones que tiene la comunidad de Tetelpa, sin embargo, estableció que para la instalación o ejecución de cualquier obra o proyecto dentro de un área natural protegida es necesario contar con los permisos.

“Es necesario que previamente se cuente con la autorización en materia de impacto ambiental por parte de la Dirección General de Gestión Ambiental en donde se establezcan las medidas de mitigación tendientes a su conservación”, aseguró.

La Secretaría de Desarrollo Sustentable añadió que también se debe acreditar que dicha estructura no signifique un riesgo a la integridad personal de los visitantes que acudan al cerro, por lo que en tal sentido se ha solicitado un estudio técnico de los aspectos de seguridad que representa tal obra.

Para ello, agregó que se pidió el apoyo a la Coordinación Estatal de Protección Civil de Morelos (CEPCM) para que efectúe una inspección en el sitio y determine las medidas y acciones que salvaguarden la vida de los visitantes ya que no se cuenta con algún estudio en donde se avale su construcción.

La SDS recalcó que tanto la Propaem como la DGANP´s dan seguimiento a las denuncias penales que se han interpuesto por la comisión de delitos contra el equilibrio ecológico y la protección del ambiente, tipificados en el Artículo 242 bis del Código Penal Vigente en el Estado de Morelos.

Todo esto, por los actos que han afectado o dañado a las distintas áreas naturales protegidas de carácter estatal, las cuales se encuentran en integración ante la Fiscalía General del Estado de Morelos.

Entradas relacionadas