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Plantea Dip. Verónica Anrubio sea obligatorio informar a derechohabientes sobre disponibilidad de medicamentos

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Cuernavaca, Morelos; 21 de octubre de 2021. Propone adicionar un párrafo al Artículo 39 de la Ley de Salud; el Ejecutivo deberá informar sobre fechas de abastecimiento a través de sus sitios oficiales de internet, redes sociales u otros medios electrónicos y no electrónicos.

Con la finalidad de que los derechohabientes de las clínicas, centros de salud, unidades de atención médica y otros similares del Sistema Estatal de Salud conozcan de manera permanente la disponibilidad de los medicamentos que requieren en las farmacias de dichas unidades, la diputada Verónica Anrubio Kempis presentó una Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 39 de la Ley de Salud del Estado de Morelos.

El texto determina también que la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud de la entidad informen sobre las fechas de abastecimiento, esto a través de sus sitios oficiales de internet, redes sociales u otros medios electrónicos y no electrónicos pertinentes.

En su exposición de motivos, la diputada Verónica Anrubio, coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza (Panal), manifestó que “es importante destacar que nuestro país y el estado de Morelos, han hecho esfuerzos por alcanzar esta aspiración de que todo mexicano y morelense tenga acceso a un médico gratuito, estudios clínicos, medicamentos, terapias y recuperación completa del buen estado físico y mental de las personas.

Sin embargo, lamentó que las unidades médicas del sector salud estatal se han caracterizado en su gran mayoría “por un desabasto generalizado de medicamentos, insumos e incluso de la propia atención médica”, y refirió casos en los que una persona, tras esperar entre tres y cuatro horas, sale sin los medicamentos, “lo que lo obliga a comprar en farmacias particulares o a no comprar el medicamento por falta de recursos.

Al respecto, explicó que su propuesta contempla adicionar un párrafo al artículo 39 de la Ley de Salud del Estado de Morelos, con la finalidad de establecer como obligación del Poder Ejecutivo, publicar y mantener actualizado un catálogo de disponibilidad de medicamentos por unidad médica de atención, así como publicar las fechas de abastecimiento de los mismos, las cuales se den a conocer en los portales de internet de la Secretaría de Salud y de Servicios de Salud estatal.

Lo anterior, refirió, con la finalidad de que las y los morelenses que tienen que acudir de manera periódica por sus medicamentos a las instituciones de salud pública del estado, “puedan verificar previamente la existencia y disponibilidad de los mismos y no les implique un gasto innecesario de traslado, así como el rompimiento del confinamiento y la posible exposición al virus SARS-CoV-2”.

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