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Confirma Corte validez en conformación de la Junta Política y Comisiones Legislativas

Suprema Corte de Justicia. Foto de Archivo
Suprema Corte de Justicia. Foto de Archivo

* Avala ministra Loretta Ortiz, instructora en el presente asunto, acuerdos tomados en el Pleno, por mayoría de 11 votos, durante la sesión del 12 de diciembre de 2021.

Cuernavaca, Morelos; 28 de febrero de 2022. Al resolver la admisión de la Controversia Constitucional 13/2022, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), confirmó la validez de los acuerdos del Pleno del Congreso de Morelos, que dieron una nueva conformación a la Junta Política y de Gobierno, así como a las diferentes Comisiones Legislativas, acuerdo tomado por mayoría de 11 diputadas y diputados, en sesión ordinaria del pasado 12 de diciembre de 2021.

En su resolutivo, al negar la suspensión solicitada por el Poder Ejecutivo del estado, la SCJN establece que “no se puede dar efectos restitutorios a una medida de suspensión”, y que además su determinación “tiene como fin preservar la integración y continuidad del Congreso electo democráticamente, salvaguardando el normal desarrollo de la administración interna del mismo, así como el adecuado ejercicio de las funciones que corresponden al Congreso del estado de Morelos”.

Asimismo, la SCJN advierte que dicha negativa está sustentada en evitar el riesgo de que “el citado Congreso no pueda funcionar de acuerdo a lo mandatado por la Constitución y las leyes locales, lo que pondría en peligro su continuidad, causando un daño mayor a la sociedad en relación con los beneficios que pudiera obtener el solicitante de la medida cautelar, motivo por el cual es improcedente la suspensión solicitada”.

Aunado a esto, la ministra la Ministra Loretta Ortiz Ahlf, instructora en el presente asunto, consideró como procedente, conceder la suspensión solicitada para que el Poder Ejecutivo del estado no lleve a cabo la publicación en el Periódico Oficial Tierra y Libertad, de los acuerdos que se impugnan en la Controversia, ya que de acuerdo con la legislación interna del Congreso “no se necesita publicación en ese medio”, para tener validez, toda vez que, al tratarse de Acuerdos Parlamentarios, basta con que se aprueben por la mayoría de las diputadas y diputados que integran el Pleno del Congreso.

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